Ya sea como segunda residencia o como propiedad de inversión para alquiler, los no residentes en las Islas Baleares están obligados a presentar declaraciones de impuestos sobre la renta.
Una propiedad vacacional en Mallorca puede ser una inversión valiosa no solo financieramente, sino también emocionalmente. Sin embargo, aquellos que tienen su residencia principal en Alemania, por ejemplo, y poseen una propiedad en las Islas Baleares deben cumplir ciertas obligaciones fiscales. Dependiendo de cómo se utilice la propiedad, se requieren diferentes declaraciones de impuestos sobre la renta, incluso si no se genera ningún ingreso por alquiler.
La tributación se realiza de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes española (Impuesto sobre la Renta de no Residentes – IRNR).
Se deben tener en cuenta dos puntos esenciales:
- Regulaciones fiscales propias: España tiene una ley especial para gravar a los no residentes, que difiere de las regulaciones en muchos otros países.
- Autoliquidación: En España, los impuestos deben calcularse y pagarse de forma independiente. A diferencia de Alemania, no existe una notificación de evaluación fiscal. Si la información es correcta solo se determina durante una posible auditoría.
Se aplican diferentes regulaciones fiscales según cómo se utilice la propiedad. Lo siguiente se centra en el uso propio.
Aquellos que cumplen su sueño de tener una casa en Mallorca pero tienen su residencia permanente fuera de España deben lidiar con el impuesto español de uso propio. Este impuesto es similar a un gravamen sobre segundas residencias.
Principio básico del impuesto de uso propio:
En España, se grava la mera disponibilidad de una propiedad. Esto significa que cada segunda residencia está automáticamente sujeta a la tributación por uso propio, independientemente de si se utiliza la propiedad o no. Esta regulación se aplica tanto a residentes como a no residentes, debiendo estos últimos presentar una declaración de impuestos separada para cada propiedad.
Cálculo del impuesto:
El impuesto se calcula en base al valor catastral de la propiedad, que es determinado por el municipio y no debe confundirse con el valor de mercado. Se determina un ingreso ficticio basado en este valor catastral. Dependiendo de cuándo se actualizó por última vez el valor catastral, este ingreso ficticio es del 1,1% o 2% del valor catastral. Los ciudadanos de la UE pagan un 19% de impuestos sobre este ingreso, mientras que los ciudadanos no pertenecientes a la UE pagan un 24%. Un ejemplo: Con un valor catastral de 200.000 euros y una evaluación del 2%, la carga fiscal sería de unos 760 euros al año con una tasa impositiva del 19%.
¿Cuándo se debe el impuesto?
El impuesto se debe desde el momento en que la propiedad es habitable, independientemente de si se utiliza realmente. Para edificios nuevos, esto se aplica desde el momento de la aceptación. Para renovaciones, depende de si la propiedad sigue siendo habitable durante los trabajos. Las renovaciones extensas deben documentarse para probar la posible inhabitabilidad. La declaración de impuestos («Modelo 210») debe presentarse antes del final del año siguiente.